Acreditación para el acceso al Máster con titulaciones extranjeras

Solicitudes de acreditación para el acceso al Máster en Psicología General Sanitaria para estudiantes con estudios universitarios extranjeros en Psicología

Desde la publicación de la Ley Orgánica 2/2023 de Universidades y la resolución de 16 de noviembre de 2023 de la Secretaría General de Universidades, las personas que estén en posesión de un título oficial de Psicología expedido en el extranjero podrán acceder al Máster en Psicología General Sanitaria de cualquier universidad española siempre que acrediten haber cursado en sus titulaciones de origen un mínimo de 90 créditos ECTS de carácter sanitario. Esta acreditación podrá solicitarse atendiendo a los plazos y procedimientos que establezca cada universidad española que imparta el máster. 

En esta página web se recoge el procedimiento a seguir para aquellas personas que deseen solicitar, a la UCM, esta acreditación de acceso. Para ello, se deberá tener en cuenta que:

  • La Universidad Complutense siempre solicitará análisis del expediente a la Comisión de Acreditación de los Estudios de Psicología (CAEP), creada a tal efecto por la Conferencia de Decanas y Decanos de Psicología de las Universidades Españolas.
  • La obtención de una acreditación favorable NO garantiza la admisión en el máster. La persona interesada podrá solicitar la plaza, pero su solicitud seguirá los mismos criterios de admisión que el resto de estudiantes. Los criterios de baremación se pueden consultar en la página web del máster.
  • La obtención de una acreditación favorable NO supone la convalidación a un título español en Psicología de nivel de grado o equivalente. Una acreditación favorable le concede únicamente la posibilidad de solicitar plaza en el Máster en Psicología General Sanitaria.

Plataforma de solicitud

 Acceso a la plataforma (se habilitará en el momento en el que se abra el plazo de solicitud)

Plazo de solicitud

Del 14 de octubre de 2024 al 14 de febrero de 2025.

Documentación requerida (legalizada y traducida en su caso)

  1. DNI, NIE o pasaporte
  2. Título oficial o Suplemento Europeo al Título (SET) de graduado o licenciado en Psicología  (que debe tener como mínimo 180 créditos ECTS o 1800 horas lectivas en caso de no estar organizado el título en créditos ECTS).
  3. Certificado oficial donde conste la duración oficial de los estudios en años académicos, todas las asignaturas cursadas y aprobadas, la carga horaria de cada asignatura y calificación de cada una de ellas. No será necesaria su presentación si adjunta el Suplemento Europeo al Título.
  4. Certificación acreditativa, expedida por el órgano competente o la Universidad expedidora del título, de que los estudios realizados facultan en el país expedidor para el acceso a estudios de máster.
  5. Programas sellados por su universidad de cada una de las asignaturas en los que figure el contenido y amplitud con que fueron cursadas (sylabos/pénsum/fichas o guías docentes)
  6. Formulario para Solicitud de Análisis de Expediente. Descargar plantilla aquí.
  7. Formulario resumen de titulaciones a analizar. Descargar plantilla aquí.
  8. Acreditación del nivel B2 de español (excepto solicitantes procedentes de países cuya lengua oficial sea el español o procedentes de sistemas educativos universitarios hispano-hablantes). Serán válidos aquellos certificados emitidos por el Instituto Cervantes (DELE o SIELE o afiliados), Centro Complutense para la Enseñanza del Español (CCEE), Universidad Internacional Menéndez Pelayo u otros organismos autorizados por UCM (aprobado por Consejo de Gobierno de la UCM el 29 de enero de 2019).
  9. Cualquier otra documentación que acredite estar en posesión de otros estudios oficiales de postgrado en Psicología (título, certificado oficial y programas de las asignaturas).

Legalización de documentos

Todos los documentos que se presentan para la acreditación deberán ser OFICIALES, expedidos por las autoridades competentes.

La documentación deberá estar LEGALIZADA siempre que haya sido expedida por un organismo no español y pertenezca a un AJENO a la Unión Europea o NO signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Las vías de legalización admitidas son:

  1. Por vía diplomática, en las embajadas o consulados de España, existentes en cada país donde hayan sido expedidos los documentos.
  2. Mediante la "APOSTILLE" (Convenio de La Haya de 1961). 

Más información sobre la legalización de documentos en este enlace.

Traducción de documentos

Salvo el Suplemento Europeo al Título, el resto de documentos no emitidos en español deberán entregarse con su correspondiente TRADUCCIÓN AL ESPAÑOL, que podrá hacerse:

  1. Por cualquier representación diplomática o consular de España en el extranjero.
  2. Por la representación diplomática o consular en España del País en el que es ciudadano el solicitante, o en su caso, del de procedencia del documento.
  3. Por traductor Jurado autorizado o inscrito en España. Listado completo de traductores jurados del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación aquí. Servicio de traducción de Idiomas Complutense aquí.

Más información sobre la traducción en este enlace.

Presentación de la documentación en papel

En caso de que los documentos aportados por las personas solicitantes no dispongan de Código Seguro de Verificación (CSV), código QR de verificación o cualquier otro mecanismo electrónico para comprobar la veracidad de los documentos presentados, o si al acceder a la web desde el código (QR o CSV) ésta no refiera qué documento ha sido legalizado, se requerirá la entrega de la documentación compulsada o la presentación de los documentos originales, que podrá producirse:

  1. Presencialmente en la Secretaría de Estudiantes o en la Oficina de Postgrado de la Facultad de Psicología de la Universidad Complutense, en el horario de atención al público.
  2. En cualquier oficina de asistencia en materia de registros de España dentro de los horarios establecidos por las mismas, indicando Código de Unidad Responsable U01000628. Buscador oficinas en materia de registros en España aquí.
  3. En las Oficinas de Correos (a través de la plataforma ORVE) indicando Código de Unidad Responsable U01000628. Secretaría de Estudiantes de la Facultad de Psicología de la Universidad Complutense de Madrid. Mas información aquí.
  4.  En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en el país emisor de la documentación. Buscador de oficinas consulares aquí.
  5. Mediante envío postal a la Oficina de Postgrado. (Facultad de Psicología, Campus de Somosaguas, Ctra. de Húmera, s/n, 28223 Pozuelo de Alarcón, Madrid). En este caso, de tener que comprobar el título, se deberá enviar una copia compulsada, y NUNCA el título original.

Para que la documentación tenga validez, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Las personas solicitantes deben acudir a las oficinas de registro con el original en papel para que, una vez escaneado, se convierta en una copia electrónica auténtica con la misma validez y eficacia que el documento original.
  • Si el documento tiene un tamaño, forma o encuadernación que imposibilite la digitalización directa, se acompañará de una fotocopia en A4 para su escaneo. Es preciso, en todo caso, la exhibición del documento original para que la documentación adjunta al asiento tenga la consideración de copia electrónica auténtica.

Tramitación

La tramitación de la solicitud empezará una vez se haya comprobado que se ha realizado el abono del precio establecido en el Anexo V del Decreto 43/2022, de 29 de junio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (70 €) .

La Facultad de Psicología enviará a la persona solicitante un correo con las instrucciones para el pago, que se podrá realizar:

  1. Descargando el recibo y pagándolo en cualquier oficina del Banco Santander en España
  2. Pago online con tarjeta si ésta está reconocida internacionalmente
  3. En el caso de no poder realizarlo por los métodos indicados, póngase en contacto con la Oficina de Postgrado (ofipostgrado@ucm.es) para informarle de métodos de pago alternativos.

Una vez se haya comprobado el abono del recibo y se haya verificado que toda la documentación es correcta, la Facultad de Psicología de la UCM enviará la solicitud a la Comisión de Acreditación de los Estudios de Psicología (CAEP), dependiente de la Conferencia de Decanas y Decanos de Psicología de las Universidades Españolas para su análisis. Esta comisión dispone de un plazo de dos meses para evaluar el expediente y remitir su informe al centro. Posteriormente, la Facultad de Psicología de la UCM emitirá la resolución definitiva.


Preguntas Frecuentes

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Normativa de aplicación

  1. Orden ECD/1070/2013. Apartado C
  2. Real Decreto 822/2021. Artículo 17.6
  3. Orden CNU/1309/2018
  4. Ley Orgánica 2/2023 Modificación de la disposición adicional séptima de la Ley 33/2011.
  5. Resolución de 16 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Universidades, por el que se establecen recomendaciones para la acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, para el acceso al Máster en Psicología General Sanitaria en los títulos universitarios oficiales extranjeros de Psicología.